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Se ha publicado en el BOE la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, que establece disposiciones relativas a:


- Mejoras de la financiación bancaria a las pequeñas y medianas empresas
- Régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito
- Régimen jurídico de las titulaciones
- Mejoras en el acceso y funcionamiento de los mercados de capitales
- Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa
- Refuerzo de la capacidad de supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

La Ley obliga a las entidades de crédito a notificar a las pymes, por escrito y con antelación suficiente, su decisión de cancelar o reducir significativamente el flujo de financiación que les haya venido concediendo. De esta manera, la pyme dispondrá de tiempo suficiente para encontrar nuevas vías de financiación o para ajustar su gestión de tesorería, de forma que tal interrupción o reducción de la fuente de crédito no genere problemas de liquidez que dificulten o incluso imposibiliten cualquier reajuste.

Asimismo, la Ley pretende facilitar el acceso de las pymes al crédito bancario mediante la reforma del régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca. En este sentido, la Ley modifica el funcionamiento del reaval que la Compañía Española de Reafianzamiento presta a estas sociedades, al explicitar que dicho reaval se activará ante el primer incumplimiento de la sociedad de garantía recíproca.

A destacar las mejoras de la financiación bancaria a las pequeñas y medianas empresas:

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